Notizie dal ponte - maggio 2018
Maggio 2018
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Bruselas, 19 de junio de 2018
Brian O'Riordan
A LIFE le gustaría ver un enfoque más ascendente en la aplicación del nuevo Reglamento de Control, con más zanahoria y menos palo en la tarea de incorporar las operaciones de pesca a pequeña escala al redil reglamentario. Acertadamente, las ambiciones de la propuesta apuntan alto. Sin embargo, se hace recaer en el sector la responsabilidad de su cumplimiento, sin proporcionar las medidas de apoyo y las orientaciones necesarias para facilitar la transición.
La pesca a pequeña escala, que es la savia de la flota olvidada de Europa, ha sido durante mucho tiempo una excepción en la Política Pesquera Común (PPC) europea. Las actividades de pesca a pequeña escala (buques de menos de 12 metros que utilizan artes de arrastre), que representan 74% de la flota pesquera activa en 2015, no están actualmente obligadas a notificar sus capturas ni a indicar sus posiciones en el mar. Esto va a cambiar, y de forma drástica, con la reforma del Reglamento de control.
La DG Mare ha publicado recientemente una propuesta de modificación del Reglamento de Control. En su nueva forma, planteará importantes exigencias a los operadores de pequeñas embarcaciones, con implicaciones en la forma de llevar a cabo sus operaciones. Destacan los requisitos de llevar un cuaderno de bitácora electrónico y de pesar las capturas, por especies, en el momento del desembarco. El desembarco de especies no clasificadas sólo se permitirá si se cumplen condiciones estrictas, incluido el pesaje mediante sistemas operados o controlados por las autoridades de los Estados miembros. Esto tendrá implicaciones para muchos programas de venta directa, en los que el pescado se vende desde pequeñas embarcaciones mientras está en el mar, y las capturas se envían a los compradores en el momento del desembarco. Los pequeños operadores también deben tener en cuenta las nuevas y estrictas disposiciones sobre infracciones y sanciones, incluido un nuevo sistema de penalización por puntos.
Las disposiciones de la propuesta de la Comisión especifican que "todos los buques, incluidos los de menos de 12 metros de eslora, deben tener un sistema de seguimiento", y que "todos los buques pesqueros de menos de 12 m deben notificar sus capturas electrónicamente".
También cabe destacar en la propuesta la supresión de la exención de notificación en los cuadernos de pesca de las capturas inferiores a 50 kg. Según la DG Mare, esta exención "podría dejar hasta 350.000 t de pescado, lo que corresponde a 6% de las capturas actualmente declaradas por los buques pesqueros de la UE, no se sabe nada de él".
LIFE acoge con satisfacción el reconocimiento en la propuesta de que "la pesca artesanal desempeña un papel importante en la Unión, desde una perspectiva biológica, económica y social". LIFE también está de acuerdo en que "es importante controlar que las actividades pesqueras y los esfuerzos pesqueros de los buques menores se ajusten a las normas de la política pesquera común."
Sin embargo, LIFE insta a que los requisitos de notificación electrónica se adapten a las realidades de las operaciones de pesca a pequeña escala. Las condiciones a bordo de las embarcaciones más pequeñas, especialmente en condiciones marítimas y meteorológicas adversas, no son, en la mayoría de los casos, favorables a la realización de múltiples tareas y a la manipulación de pequeños dispositivos que requieren destreza y precisión.
La nueva propuesta destaca que "Los Estados miembros deben poder rastrear todos los buques pesqueros, incluidos los de menos de 12 metros de eslora". y que "Para los buques de 12 metros de eslora ya es posible utilizar dispositivos móviles más baratos y fáciles de usar".
En cuanto a la información, la propuesta también señala que: "Cualquier carga adicional para los pequeños operadores (pescadores a pequeña escala) se evitará con la introducción de sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles".
Hasta aquí todo bien.
Sin embargo, un importante motivo de preocupación es que un estudio encargado por la DG Mare bajo los auspicios de la EASME "examinar los enfoques desarrollados para el control electrónico de las flotas de pequeña escala (FPA) y proponer buenas prácticas en este ámbito"se ha suprimido. Los resultados de este estudio deberían haber servido de base para perfeccionar el nuevo Reglamento de control de la pesca, proporcionando un inventario de los diferentes tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponiblesy aplicó soluciones tecnológicas a medida a los problemas de información experimentados en el SSF. A falta de una explicación oficial, sólo cabe especular sobre los motivos por los que se ha abandonado este estudio, y sobre si tiene o no que ver con la excesiva premura con la que se está imponiendo este nuevo reglamento.
La propuesta está condenada a fracasar en este aspecto a menos que adopte un enfoque más ascendente en relación con los cuadernos de bitácora electrónicos para las FAS, que incluya pruebas en el mar, cursos de formación y apoyo financiero a los operadores de FAS para que instalen, mantengan y utilicen los equipos adecuados.
También cabe señalar que, aunque las intenciones de la Comisión sean bienintencionadas, la realidad es que, en el momento de redactar este informe, estamos muy lejos de poder acceder al mencionado "sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles". También es evidente que, en la actualidad, no parece haber un sistema basado en los buques en el mar que sea capaz de "hablar" con los servidores administrativos en tierra.
El enfoque descendente se pone de manifiesto en el artículo 15.2, que establece que: Capitanes de buques de pesca de la Unión de menos de 12 metros de eslora total presentará por medios electrónicos la información a que se refiere el artículo 14, a la autoridad competente del Estado miembro de su pabellón una vez concluida la última operación de pesca y antes de entrar en el puerto.
Las SSF también tendrán que cumplir el requisito de que todas las categorías de buques incluyan en el cuaderno de bitácora información sobre los artes perdidos, incluido el tipo de arte perdido; la fecha y la hora en que se perdió el arte; la posición en la que se perdió el arte; y las medidas adoptadas para recuperar el arte. Los buques de menos de 12 metros también tendrán que llevar a bordo el equipo necesario para recuperar los artes perdidos.
En el caso de las embarcaciones más grandes del sector de menos de 12 metros, con cubierta, con suministro eléctrico y con un puente de mando bien protegido y alejado de las zonas de manipulación de los aparejos, esto puede ser relativamente fácil de cumplir. Sin embargo, lo más habitual es que las embarcaciones de pequeña escala en Europa tengan entre 5 y 7 metros de eslora y pesen alrededor de 3GT. Estas embarcaciones pueden carecer de cubierta, es poco probable que dispongan de suministro eléctrico y tienen poco que ofrecer como espacio protegido alejado de la zona de manipulación de artes. Manejar un dispositivo móvil, aunque sea asequible o esté ampliamente disponible, en una plataforma móvil en esas condiciones con una mano enguantada, húmeda y resbaladiza, y con la otra mano en la caña del timón, supondrá, como mínimo, un reto.
Estas operaciones se realizan con mayor facilidad y eficacia una vez en tierra, y probablemente con mayor efecto en el punto y/o momento de la venta. Es claramente impracticable que todas las embarcaciones lleven básculas de pesaje, incluso si su funcionamiento fuera posible en un barco pequeño, por lo que este requisito se basa en una estimación del peso de las distintas especies a bordo antes del desembarco. Por lo tanto, LIFE se pregunta qué valor podría aportar la notificación "en el mar" al regulador, y qué tipo de hardware se propone para que los operadores de las SSF puedan registrar sus datos de captura.
El Reglamento se refiere a todos los buques de pequeña escala. Este sector cuenta con casi 62.000 embarcaciones en toda Europa, desde las islas griegas más pequeñas hasta los archipiélagos más septentrionales y, a pesar de los retos señalados anteriormente, ¿de dónde va a salir la infraestructura, y quién va a pagarla, para manejar el enorme volumen de datos relativos a los movimientos individuales de los buques, la pérdida de artes, la notificación de las capturas y las subsiguientes declaraciones de desembarques?
¿Y qué pasa si se rompe? La experiencia demuestra que la tecnología basada en los buques es menos fiable que sus homólogos terrestres. En caso de fallo técnico, ¿en qué situación queda el pescador? ¿Se le permitirá salir del puerto o de la cala y, con respecto a las regiones ultraperiféricas, cuáles son los aspectos prácticos para conseguir que el equipo sea reparado en poco tiempo?
No hace falta un mazo para romper una nuez. Por lo tanto, LIFE insta a que, basándose en la considerable experiencia de las SSF hasta la fecha con las tecnologías móviles, se reflexione más sobre la adaptación de las medidas de información a las realidades de las operaciones de las SSF. En los últimos años, las tecnologías móviles han evolucionado a pasos agigantados, al igual que el ingenio de las SSF para utilizar y aplicar las APP y los SMS a sus necesidades, ya sea para la seguridad en el mar, el acceso a los datos basados en la web, la gestión de sus negocios o la comunicación con los mercados.
Las tecnologías móviles, los EMS, las APP y los SMS vinculados a los sistemas basados en la web ofrecen una plétora de oportunidades para mejorar los informes, garantizando el cumplimiento de los requisitos reglamentarios, así como para satisfacer las necesidades de las operaciones pesqueras de información en tiempo real, el envío de llamadas de socorro, la información a los mercados y el registro de datos para uso privado.
Sin embargo, a la hora de aplicar un Reglamento de control de la pesca modificado, es necesario fijar algunos objetivos y plazos realistas, junto con la adopción de un enfoque flexible de abajo arriba, para garantizar que toda la gama de operaciones realizadas por las SSF sea capaz de cumplir los objetivos de una buena gestión de la pesca, proporcionando los datos necesarios, en el momento oportuno y en el formato requerido. A este respecto, por muy eficaces y fáciles de utilizar que sean las nuevas tecnologías móviles, si no existe una interfaz de programación de aplicaciones (API) eficaz entre la tecnología móvil y el servidor que registra los datos de las capturas, junto con la infraestructura necesaria para gestionar realmente los flujos de datos, el Reglamento será más un obstáculo que una hoja de ruta para una gestión eficaz y eficiente de la pesca en Europa.
Por último, pero no por ello menos importante, se van a endurecer los procedimientos en caso de infracción, con la fijación de niveles mínimos estandarizados de multas. Paralelamente, se va a implantar un nuevo sistema de puntos, destinado a garantizar una disuasión eficaz contra los comportamientos más perjudiciales, que pueden dar lugar a la suspensión o retirada de las licencias de pesca o del derecho a dirigir un buque.
Lo que constituye una infracción grave dependerá de la gravedad de la infracción en cuestión y será determinado por la autoridad competente del Estado miembro en cuestión. Se enumeran 17 actividades que constituirán infracciones graves. Se deja a las autoridades de los Estados miembros decidir si otras 9 actividades, en función de su gravedad, deben ser tratadas como infracciones graves, entre ellas "incumplimiento de la obligación de registrar y comunicar con precisión los datos relativos a las actividades pesqueras, incluidos los datos que deben transmitirse mediante el sistema de seguimiento de buques y las notificaciones previas".
A LIFE le preocupa que, debido a las dificultades que tienen los buques pequeños para cumplir con los nuevos requisitos de información, las operaciones de los buques más pequeños puedan ser injustamente criminalizadas. Nos gustaría ver más zanahorias en forma de subvenciones y cursos de formación y menos palos en forma de sanciones y procedimientos penales para que las operaciones de pesca a pequeña escala entren en el redil regulador de la PPC.
Bruselas, 19 de junio de 2018
Brian O'Riordan
A LIFE le gustaría ver un enfoque más ascendente en la aplicación del nuevo Reglamento de Control, con más zanahoria y menos palo en la tarea de incorporar las operaciones de pesca a pequeña escala al redil reglamentario. Acertadamente, las ambiciones de la propuesta apuntan alto. Sin embargo, se hace recaer en el sector la responsabilidad de su cumplimiento, sin proporcionar las medidas de apoyo y las orientaciones necesarias para facilitar la transición.
La pesca a pequeña escala, que es la savia de la flota olvidada de Europa, ha sido durante mucho tiempo una excepción en la Política Pesquera Común (PPC) europea. Las actividades de pesca a pequeña escala (buques de menos de 12 metros que utilizan artes de arrastre), que representan 74% de la flota pesquera activa en 2015, no están actualmente obligadas a notificar sus capturas ni a indicar sus posiciones en el mar. Esto va a cambiar, y de forma drástica, con la reforma del Reglamento de control.
La DG Mare ha publicado recientemente una propuesta de modificación del Reglamento de Control. En su nueva forma, planteará importantes exigencias a los operadores de pequeñas embarcaciones, con implicaciones en la forma de llevar a cabo sus operaciones. Destacan los requisitos de llevar un cuaderno de bitácora electrónico y de pesar las capturas, por especies, en el momento del desembarco. El desembarco de especies no clasificadas sólo se permitirá si se cumplen condiciones estrictas, incluido el pesaje mediante sistemas operados o controlados por las autoridades de los Estados miembros. Esto tendrá implicaciones para muchos programas de venta directa, en los que el pescado se vende desde pequeñas embarcaciones mientras está en el mar, y las capturas se envían a los compradores en el momento del desembarco. Los pequeños operadores también deben tener en cuenta las nuevas y estrictas disposiciones sobre infracciones y sanciones, incluido un nuevo sistema de penalización por puntos.
Las disposiciones de la propuesta de la Comisión especifican que "todos los buques, incluidos los de menos de 12 metros de eslora, deben tener un sistema de seguimiento", y que "todos los buques pesqueros de menos de 12 m deben notificar sus capturas electrónicamente".
También cabe destacar en la propuesta la supresión de la exención de notificación en los cuadernos de pesca de las capturas inferiores a 50 kg. Según la DG Mare, esta exención "podría dejar hasta 350.000 t de pescado, lo que corresponde a 6% de las capturas actualmente declaradas por los buques pesqueros de la UE, no se sabe nada de él".
LIFE acoge con satisfacción el reconocimiento en la propuesta de que "la pesca artesanal desempeña un papel importante en la Unión, desde una perspectiva biológica, económica y social". LIFE también está de acuerdo en que "es importante controlar que las actividades pesqueras y los esfuerzos pesqueros de los buques menores se ajusten a las normas de la política pesquera común."
Sin embargo, LIFE insta a que los requisitos de notificación electrónica se adapten a las realidades de las operaciones de pesca a pequeña escala. Las condiciones a bordo de las embarcaciones más pequeñas, especialmente en condiciones marítimas y meteorológicas adversas, no son, en la mayoría de los casos, favorables a la realización de múltiples tareas y a la manipulación de pequeños dispositivos que requieren destreza y precisión.
La nueva propuesta destaca que "Los Estados miembros deben poder rastrear todos los buques pesqueros, incluidos los de menos de 12 metros de eslora". y que "Para los buques de 12 metros de eslora ya es posible utilizar dispositivos móviles más baratos y fáciles de usar".
En cuanto a la información, la propuesta también señala que: "Cualquier carga adicional para los pequeños operadores (pescadores a pequeña escala) se evitará con la introducción de sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles".
Hasta aquí todo bien.
Sin embargo, un importante motivo de preocupación es que un estudio encargado por la DG Mare bajo los auspicios de la EASME "examinar los enfoques desarrollados para el control electrónico de las flotas de pequeña escala (FPA) y proponer buenas prácticas en este ámbito"se ha suprimido. Los resultados de este estudio deberían haber servido de base para perfeccionar el nuevo Reglamento de control de la pesca, proporcionando un inventario de los diferentes tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponiblesy aplicó soluciones tecnológicas a medida a los problemas de información experimentados en el SSF. A falta de una explicación oficial, sólo cabe especular sobre los motivos por los que se ha abandonado este estudio, y sobre si tiene o no que ver con la excesiva premura con la que se está imponiendo este nuevo reglamento.
La propuesta está condenada a fracasar en este aspecto a menos que adopte un enfoque más ascendente en relación con los cuadernos de bitácora electrónicos para las FAS, que incluya pruebas en el mar, cursos de formación y apoyo financiero a los operadores de FAS para que instalen, mantengan y utilicen los equipos adecuados.
También cabe señalar que, aunque las intenciones de la Comisión sean bienintencionadas, la realidad es que, en el momento de redactar este informe, estamos muy lejos de poder acceder al mencionado "sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles". También es evidente que, en la actualidad, no parece haber un sistema basado en los buques en el mar que sea capaz de "hablar" con los servidores administrativos en tierra.
El enfoque descendente se pone de manifiesto en el artículo 15.2, que establece que: Capitanes de buques de pesca de la Unión de menos de 12 metros de eslora total presentará por medios electrónicos la información a que se refiere el artículo 14, a la autoridad competente del Estado miembro de su pabellón una vez concluida la última operación de pesca y antes de entrar en el puerto.
Las SSF también tendrán que cumplir el requisito de que todas las categorías de buques incluyan en el cuaderno de bitácora información sobre los artes perdidos, incluido el tipo de arte perdido; la fecha y la hora en que se perdió el arte; la posición en la que se perdió el arte; y las medidas adoptadas para recuperar el arte. Los buques de menos de 12 metros también tendrán que llevar a bordo el equipo necesario para recuperar los artes perdidos.
En el caso de las embarcaciones más grandes del sector de menos de 12 metros, con cubierta, con suministro eléctrico y con un puente de mando bien protegido y alejado de las zonas de manipulación de los aparejos, esto puede ser relativamente fácil de cumplir. Sin embargo, lo más habitual es que las embarcaciones de pequeña escala en Europa tengan entre 5 y 7 metros de eslora y pesen alrededor de 3GT. Estas embarcaciones pueden carecer de cubierta, es poco probable que dispongan de suministro eléctrico y tienen poco que ofrecer como espacio protegido alejado de la zona de manipulación de artes. Manejar un dispositivo móvil, aunque sea asequible o esté ampliamente disponible, en una plataforma móvil en esas condiciones con una mano enguantada, húmeda y resbaladiza, y con la otra mano en la caña del timón, supondrá, como mínimo, un reto.
Estas operaciones se realizan con mayor facilidad y eficacia una vez en tierra, y probablemente con mayor efecto en el punto y/o momento de la venta. Es claramente impracticable que todas las embarcaciones lleven básculas de pesaje, incluso si su funcionamiento fuera posible en un barco pequeño, por lo que este requisito se basa en una estimación del peso de las distintas especies a bordo antes del desembarco. Por lo tanto, LIFE se pregunta qué valor podría aportar la notificación "en el mar" al regulador, y qué tipo de hardware se propone para que los operadores de las SSF puedan registrar sus datos de captura.
El Reglamento se refiere a todos los buques de pequeña escala. Este sector cuenta con casi 62.000 embarcaciones en toda Europa, desde las islas griegas más pequeñas hasta los archipiélagos más septentrionales y, a pesar de los retos señalados anteriormente, ¿de dónde va a salir la infraestructura, y quién va a pagarla, para manejar el enorme volumen de datos relativos a los movimientos individuales de los buques, la pérdida de artes, la notificación de las capturas y las subsiguientes declaraciones de desembarques?
¿Y qué pasa si se rompe? La experiencia demuestra que la tecnología basada en los buques es menos fiable que sus homólogos terrestres. En caso de fallo técnico, ¿en qué situación queda el pescador? ¿Se le permitirá salir del puerto o de la cala y, con respecto a las regiones ultraperiféricas, cuáles son los aspectos prácticos para conseguir que el equipo sea reparado en poco tiempo?
No hace falta un mazo para romper una nuez. Por lo tanto, LIFE insta a que, basándose en la considerable experiencia de las SSF hasta la fecha con las tecnologías móviles, se reflexione más sobre la adaptación de las medidas de información a las realidades de las operaciones de las SSF. En los últimos años, las tecnologías móviles han evolucionado a pasos agigantados, al igual que el ingenio de las SSF para utilizar y aplicar las APP y los SMS a sus necesidades, ya sea para la seguridad en el mar, el acceso a los datos basados en la web, la gestión de sus negocios o la comunicación con los mercados.
Las tecnologías móviles, los EMS, las APP y los SMS vinculados a los sistemas basados en la web ofrecen una plétora de oportunidades para mejorar los informes, garantizando el cumplimiento de los requisitos reglamentarios, así como para satisfacer las necesidades de las operaciones pesqueras de información en tiempo real, el envío de llamadas de socorro, la información a los mercados y el registro de datos para uso privado.
Sin embargo, a la hora de aplicar un Reglamento de control de la pesca modificado, es necesario fijar algunos objetivos y plazos realistas, junto con la adopción de un enfoque flexible de abajo arriba, para garantizar que toda la gama de operaciones realizadas por las SSF sea capaz de cumplir los objetivos de una buena gestión de la pesca, proporcionando los datos necesarios, en el momento oportuno y en el formato requerido. A este respecto, por muy eficaces y fáciles de utilizar que sean las nuevas tecnologías móviles, si no existe una interfaz de programación de aplicaciones (API) eficaz entre la tecnología móvil y el servidor que registra los datos de las capturas, junto con la infraestructura necesaria para gestionar realmente los flujos de datos, el Reglamento será más un obstáculo que una hoja de ruta para una gestión eficaz y eficiente de la pesca en Europa.
Por último, pero no por ello menos importante, se van a endurecer los procedimientos en caso de infracción, con la fijación de niveles mínimos estandarizados de multas. Paralelamente, se va a implantar un nuevo sistema de puntos, destinado a garantizar una disuasión eficaz contra los comportamientos más perjudiciales, que pueden dar lugar a la suspensión o retirada de las licencias de pesca o del derecho a dirigir un buque.
Lo que constituye una infracción grave dependerá de la gravedad de la infracción en cuestión y será determinado por la autoridad competente del Estado miembro en cuestión. Se enumeran 17 actividades que constituirán infracciones graves. Se deja a las autoridades de los Estados miembros decidir si otras 9 actividades, en función de su gravedad, deben ser tratadas como infracciones graves, entre ellas "incumplimiento de la obligación de registrar y comunicar con precisión los datos relativos a las actividades pesqueras, incluidos los datos que deben transmitirse mediante el sistema de seguimiento de buques y las notificaciones previas".
A LIFE le preocupa que, debido a las dificultades que tienen los buques pequeños para cumplir con los nuevos requisitos de información, las operaciones de los buques más pequeños puedan ser injustamente criminalizadas. Nos gustaría ver más zanahorias en forma de subvenciones y cursos de formación y menos palos en forma de sanciones y procedimientos penales para que las operaciones de pesca a pequeña escala entren en el redil regulador de la PPC.
Bruselas, 19 de junio de 2018
Brian O'Riordan
A LIFE le gustaría ver un enfoque más ascendente en la aplicación del nuevo Reglamento de Control, con más zanahoria y menos palo en la tarea de incorporar las operaciones de pesca a pequeña escala al redil reglamentario. Acertadamente, las ambiciones de la propuesta apuntan alto. Sin embargo, se hace recaer en el sector la responsabilidad de su cumplimiento, sin proporcionar las medidas de apoyo y las orientaciones necesarias para facilitar la transición.
La pesca a pequeña escala, que es la savia de la flota olvidada de Europa, ha sido durante mucho tiempo una excepción en la Política Pesquera Común (PPC) europea. Las actividades de pesca a pequeña escala (buques de menos de 12 metros que utilizan artes de arrastre), que representan 74% de la flota pesquera activa en 2015, no están actualmente obligadas a notificar sus capturas ni a indicar sus posiciones en el mar. Esto va a cambiar, y de forma drástica, con la reforma del Reglamento de control.
La DG Mare ha publicado recientemente una propuesta de modificación del Reglamento de Control. En su nueva forma, planteará importantes exigencias a los operadores de pequeñas embarcaciones, con implicaciones en la forma de llevar a cabo sus operaciones. Destacan los requisitos de llevar un cuaderno de bitácora electrónico y de pesar las capturas, por especies, en el momento del desembarco. El desembarco de especies no clasificadas sólo se permitirá si se cumplen condiciones estrictas, incluido el pesaje mediante sistemas operados o controlados por las autoridades de los Estados miembros. Esto tendrá implicaciones para muchos programas de venta directa, en los que el pescado se vende desde pequeñas embarcaciones mientras está en el mar, y las capturas se envían a los compradores en el momento del desembarco. Los pequeños operadores también deben tener en cuenta las nuevas y estrictas disposiciones sobre infracciones y sanciones, incluido un nuevo sistema de penalización por puntos.
Las disposiciones de la propuesta de la Comisión especifican que "todos los buques, incluidos los de menos de 12 metros de eslora, deben tener un sistema de seguimiento", y que "todos los buques pesqueros de menos de 12 m deben notificar sus capturas electrónicamente".
También cabe destacar en la propuesta la supresión de la exención de notificación en los cuadernos de pesca de las capturas inferiores a 50 kg. Según la DG Mare, esta exención "podría dejar hasta 350.000 t de pescado, lo que corresponde a 6% de las capturas actualmente declaradas por los buques pesqueros de la UE, no se sabe nada de él".
LIFE acoge con satisfacción el reconocimiento en la propuesta de que "la pesca artesanal desempeña un papel importante en la Unión, desde una perspectiva biológica, económica y social". LIFE también está de acuerdo en que "es importante controlar que las actividades pesqueras y los esfuerzos pesqueros de los buques menores se ajusten a las normas de la política pesquera común."
Sin embargo, LIFE insta a que los requisitos de notificación electrónica se adapten a las realidades de las operaciones de pesca a pequeña escala. Las condiciones a bordo de las embarcaciones más pequeñas, especialmente en condiciones marítimas y meteorológicas adversas, no son, en la mayoría de los casos, favorables a la realización de múltiples tareas y a la manipulación de pequeños dispositivos que requieren destreza y precisión.
La nueva propuesta destaca que "Los Estados miembros deben poder rastrear todos los buques pesqueros, incluidos los de menos de 12 metros de eslora". y que "Para los buques de 12 metros de eslora ya es posible utilizar dispositivos móviles más baratos y fáciles de usar".
En cuanto a la información, la propuesta también señala que: "Cualquier carga adicional para los pequeños operadores (pescadores a pequeña escala) se evitará con la introducción de sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles".
Hasta aquí todo bien.
Sin embargo, un importante motivo de preocupación es que un estudio encargado por la DG Mare bajo los auspicios de la EASME "examinar los enfoques desarrollados para el control electrónico de las flotas de pequeña escala (FPA) y proponer buenas prácticas en este ámbito"se ha suprimido. Los resultados de este estudio deberían haber servido de base para perfeccionar el nuevo Reglamento de control de la pesca, proporcionando un inventario de los diferentes tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponiblesy aplicó soluciones tecnológicas a medida a los problemas de información experimentados en el SSF. A falta de una explicación oficial, sólo cabe especular sobre los motivos por los que se ha abandonado este estudio, y sobre si tiene o no que ver con la excesiva premura con la que se está imponiendo este nuevo reglamento.
La propuesta está condenada a fracasar en este aspecto a menos que adopte un enfoque más ascendente en relación con los cuadernos de bitácora electrónicos para las FAS, que incluya pruebas en el mar, cursos de formación y apoyo financiero a los operadores de FAS para que instalen, mantengan y utilicen los equipos adecuados.
También cabe señalar que, aunque las intenciones de la Comisión sean bienintencionadas, la realidad es que, en el momento de redactar este informe, estamos muy lejos de poder acceder al mencionado "sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles". También es evidente que, en la actualidad, no parece haber un sistema basado en los buques en el mar que sea capaz de "hablar" con los servidores administrativos en tierra.
El enfoque descendente se pone de manifiesto en el artículo 15.2, que establece que: Capitanes de buques de pesca de la Unión de menos de 12 metros de eslora total presentará por medios electrónicos la información a que se refiere el artículo 14, a la autoridad competente del Estado miembro de su pabellón una vez concluida la última operación de pesca y antes de entrar en el puerto.
Las SSF también tendrán que cumplir el requisito de que todas las categorías de buques incluyan en el cuaderno de bitácora información sobre los artes perdidos, incluido el tipo de arte perdido; la fecha y la hora en que se perdió el arte; la posición en la que se perdió el arte; y las medidas adoptadas para recuperar el arte. Los buques de menos de 12 metros también tendrán que llevar a bordo el equipo necesario para recuperar los artes perdidos.
En el caso de las embarcaciones más grandes del sector de menos de 12 metros, con cubierta, con suministro eléctrico y con un puente de mando bien protegido y alejado de las zonas de manipulación de los aparejos, esto puede ser relativamente fácil de cumplir. Sin embargo, lo más habitual es que las embarcaciones de pequeña escala en Europa tengan entre 5 y 7 metros de eslora y pesen alrededor de 3GT. Estas embarcaciones pueden carecer de cubierta, es poco probable que dispongan de suministro eléctrico y tienen poco que ofrecer como espacio protegido alejado de la zona de manipulación de artes. Manejar un dispositivo móvil, aunque sea asequible o esté ampliamente disponible, en una plataforma móvil en esas condiciones con una mano enguantada, húmeda y resbaladiza, y con la otra mano en la caña del timón, supondrá, como mínimo, un reto.
Estas operaciones se realizan con mayor facilidad y eficacia una vez en tierra, y probablemente con mayor efecto en el punto y/o momento de la venta. Es claramente impracticable que todas las embarcaciones lleven básculas de pesaje, incluso si su funcionamiento fuera posible en un barco pequeño, por lo que este requisito se basa en una estimación del peso de las distintas especies a bordo antes del desembarco. Por lo tanto, LIFE se pregunta qué valor podría aportar la notificación "en el mar" al regulador, y qué tipo de hardware se propone para que los operadores de las SSF puedan registrar sus datos de captura.
El Reglamento se refiere a todos los buques de pequeña escala. Este sector cuenta con casi 62.000 embarcaciones en toda Europa, desde las islas griegas más pequeñas hasta los archipiélagos más septentrionales y, a pesar de los retos señalados anteriormente, ¿de dónde va a salir la infraestructura, y quién va a pagarla, para manejar el enorme volumen de datos relativos a los movimientos individuales de los buques, la pérdida de artes, la notificación de las capturas y las subsiguientes declaraciones de desembarques?
¿Y qué pasa si se rompe? La experiencia demuestra que la tecnología basada en los buques es menos fiable que sus homólogos terrestres. En caso de fallo técnico, ¿en qué situación queda el pescador? ¿Se le permitirá salir del puerto o de la cala y, con respecto a las regiones ultraperiféricas, cuáles son los aspectos prácticos para conseguir que el equipo sea reparado en poco tiempo?
No hace falta un mazo para romper una nuez. Por lo tanto, LIFE insta a que, basándose en la considerable experiencia de las SSF hasta la fecha con las tecnologías móviles, se reflexione más sobre la adaptación de las medidas de información a las realidades de las operaciones de las SSF. En los últimos años, las tecnologías móviles han evolucionado a pasos agigantados, al igual que el ingenio de las SSF para utilizar y aplicar las APP y los SMS a sus necesidades, ya sea para la seguridad en el mar, el acceso a los datos basados en la web, la gestión de sus negocios o la comunicación con los mercados.
Las tecnologías móviles, los EMS, las APP y los SMS vinculados a los sistemas basados en la web ofrecen una plétora de oportunidades para mejorar los informes, garantizando el cumplimiento de los requisitos reglamentarios, así como para satisfacer las necesidades de las operaciones pesqueras de información en tiempo real, el envío de llamadas de socorro, la información a los mercados y el registro de datos para uso privado.
Sin embargo, a la hora de aplicar un Reglamento de control de la pesca modificado, es necesario fijar algunos objetivos y plazos realistas, junto con la adopción de un enfoque flexible de abajo arriba, para garantizar que toda la gama de operaciones realizadas por las SSF sea capaz de cumplir los objetivos de una buena gestión de la pesca, proporcionando los datos necesarios, en el momento oportuno y en el formato requerido. A este respecto, por muy eficaces y fáciles de utilizar que sean las nuevas tecnologías móviles, si no existe una interfaz de programación de aplicaciones (API) eficaz entre la tecnología móvil y el servidor que registra los datos de las capturas, junto con la infraestructura necesaria para gestionar realmente los flujos de datos, el Reglamento será más un obstáculo que una hoja de ruta para una gestión eficaz y eficiente de la pesca en Europa.
Por último, pero no por ello menos importante, se van a endurecer los procedimientos en caso de infracción, con la fijación de niveles mínimos estandarizados de multas. Paralelamente, se va a implantar un nuevo sistema de puntos, destinado a garantizar una disuasión eficaz contra los comportamientos más perjudiciales, que pueden dar lugar a la suspensión o retirada de las licencias de pesca o del derecho a dirigir un buque.
Lo que constituye una infracción grave dependerá de la gravedad de la infracción en cuestión y será determinado por la autoridad competente del Estado miembro en cuestión. Se enumeran 17 actividades que constituirán infracciones graves. Se deja a las autoridades de los Estados miembros decidir si otras 9 actividades, en función de su gravedad, deben ser tratadas como infracciones graves, entre ellas "incumplimiento de la obligación de registrar y comunicar con precisión los datos relativos a las actividades pesqueras, incluidos los datos que deben transmitirse mediante el sistema de seguimiento de buques y las notificaciones previas".
A LIFE le preocupa que, debido a las dificultades que tienen los buques pequeños para cumplir con los nuevos requisitos de información, las operaciones de los buques más pequeños puedan ser injustamente criminalizadas. Nos gustaría ver más zanahorias en forma de subvenciones y cursos de formación y menos palos en forma de sanciones y procedimientos penales para que las operaciones de pesca a pequeña escala entren en el redil regulador de la PPC.
Bruselas, 19 de junio de 2018
Brian O'Riordan
A LIFE le gustaría ver un enfoque más ascendente en la aplicación del nuevo Reglamento de Control, con más zanahoria y menos palo en la tarea de incorporar las operaciones de pesca a pequeña escala al redil reglamentario. Acertadamente, las ambiciones de la propuesta apuntan alto. Sin embargo, se hace recaer en el sector la responsabilidad de su cumplimiento, sin proporcionar las medidas de apoyo y las orientaciones necesarias para facilitar la transición.
La pesca a pequeña escala, que es la savia de la flota olvidada de Europa, ha sido durante mucho tiempo una excepción en la Política Pesquera Común (PPC) europea. Las actividades de pesca a pequeña escala (buques de menos de 12 metros que utilizan artes de arrastre), que representan 74% de la flota pesquera activa en 2015, no están actualmente obligadas a notificar sus capturas ni a indicar sus posiciones en el mar. Esto va a cambiar, y de forma drástica, con la reforma del Reglamento de control.
La DG Mare ha publicado recientemente una propuesta de modificación del Reglamento de Control. En su nueva forma, planteará importantes exigencias a los operadores de pequeñas embarcaciones, con implicaciones en la forma de llevar a cabo sus operaciones. Destacan los requisitos de llevar un cuaderno de bitácora electrónico y de pesar las capturas, por especies, en el momento del desembarco. El desembarco de especies no clasificadas sólo se permitirá si se cumplen condiciones estrictas, incluido el pesaje mediante sistemas operados o controlados por las autoridades de los Estados miembros. Esto tendrá implicaciones para muchos programas de venta directa, en los que el pescado se vende desde pequeñas embarcaciones mientras está en el mar, y las capturas se envían a los compradores en el momento del desembarco. Los pequeños operadores también deben tener en cuenta las nuevas y estrictas disposiciones sobre infracciones y sanciones, incluido un nuevo sistema de penalización por puntos.
Las disposiciones de la propuesta de la Comisión especifican que "todos los buques, incluidos los de menos de 12 metros de eslora, deben tener un sistema de seguimiento", y que "todos los buques pesqueros de menos de 12 m deben notificar sus capturas electrónicamente".
También cabe destacar en la propuesta la supresión de la exención de notificación en los cuadernos de pesca de las capturas inferiores a 50 kg. Según la DG Mare, esta exención "podría dejar hasta 350.000 t de pescado, lo que corresponde a 6% de las capturas actualmente declaradas por los buques pesqueros de la UE, no se sabe nada de él".
LIFE acoge con satisfacción el reconocimiento en la propuesta de que "la pesca artesanal desempeña un papel importante en la Unión, desde una perspectiva biológica, económica y social". LIFE también está de acuerdo en que "es importante controlar que las actividades pesqueras y los esfuerzos pesqueros de los buques menores se ajusten a las normas de la política pesquera común."
Sin embargo, LIFE insta a que los requisitos de notificación electrónica se adapten a las realidades de las operaciones de pesca a pequeña escala. Las condiciones a bordo de las embarcaciones más pequeñas, especialmente en condiciones marítimas y meteorológicas adversas, no son, en la mayoría de los casos, favorables a la realización de múltiples tareas y a la manipulación de pequeños dispositivos que requieren destreza y precisión.
La nueva propuesta destaca que "Los Estados miembros deben poder rastrear todos los buques pesqueros, incluidos los de menos de 12 metros de eslora". y que "Para los buques de 12 metros de eslora ya es posible utilizar dispositivos móviles más baratos y fáciles de usar".
En cuanto a la información, la propuesta también señala que: "Cualquier carga adicional para los pequeños operadores (pescadores a pequeña escala) se evitará con la introducción de sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles".
Hasta aquí todo bien.
Sin embargo, un importante motivo de preocupación es que un estudio encargado por la DG Mare bajo los auspicios de la EASME "examinar los enfoques desarrollados para el control electrónico de las flotas de pequeña escala (FPA) y proponer buenas prácticas en este ámbito"se ha suprimido. Los resultados de este estudio deberían haber servido de base para perfeccionar el nuevo Reglamento de control de la pesca, proporcionando un inventario de los diferentes tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponiblesy aplicó soluciones tecnológicas a medida a los problemas de información experimentados en el SSF. A falta de una explicación oficial, sólo cabe especular sobre los motivos por los que se ha abandonado este estudio, y sobre si tiene o no que ver con la excesiva premura con la que se está imponiendo este nuevo reglamento.
La propuesta está condenada a fracasar en este aspecto a menos que adopte un enfoque más ascendente en relación con los cuadernos de bitácora electrónicos para las FAS, que incluya pruebas en el mar, cursos de formación y apoyo financiero a los operadores de FAS para que instalen, mantengan y utilicen los equipos adecuados.
También cabe señalar que, aunque las intenciones de la Comisión sean bienintencionadas, la realidad es que, en el momento de redactar este informe, estamos muy lejos de poder acceder al mencionado "sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles". También es evidente que, en la actualidad, no parece haber un sistema basado en los buques en el mar que sea capaz de "hablar" con los servidores administrativos en tierra.
El enfoque descendente se pone de manifiesto en el artículo 15.2, que establece que: Capitanes de buques de pesca de la Unión de menos de 12 metros de eslora total presentará por medios electrónicos la información a que se refiere el artículo 14, a la autoridad competente del Estado miembro de su pabellón una vez concluida la última operación de pesca y antes de entrar en el puerto.
Las SSF también tendrán que cumplir el requisito de que todas las categorías de buques incluyan en el cuaderno de bitácora información sobre los artes perdidos, incluido el tipo de arte perdido; la fecha y la hora en que se perdió el arte; la posición en la que se perdió el arte; y las medidas adoptadas para recuperar el arte. Los buques de menos de 12 metros también tendrán que llevar a bordo el equipo necesario para recuperar los artes perdidos.
En el caso de las embarcaciones más grandes del sector de menos de 12 metros, con cubierta, con suministro eléctrico y con un puente de mando bien protegido y alejado de las zonas de manipulación de los aparejos, esto puede ser relativamente fácil de cumplir. Sin embargo, lo más habitual es que las embarcaciones de pequeña escala en Europa tengan entre 5 y 7 metros de eslora y pesen alrededor de 3GT. Estas embarcaciones pueden carecer de cubierta, es poco probable que dispongan de suministro eléctrico y tienen poco que ofrecer como espacio protegido alejado de la zona de manipulación de artes. Manejar un dispositivo móvil, aunque sea asequible o esté ampliamente disponible, en una plataforma móvil en esas condiciones con una mano enguantada, húmeda y resbaladiza, y con la otra mano en la caña del timón, supondrá, como mínimo, un reto.
Estas operaciones se realizan con mayor facilidad y eficacia una vez en tierra, y probablemente con mayor efecto en el punto y/o momento de la venta. Es claramente impracticable que todas las embarcaciones lleven básculas de pesaje, incluso si su funcionamiento fuera posible en un barco pequeño, por lo que este requisito se basa en una estimación del peso de las distintas especies a bordo antes del desembarco. Por lo tanto, LIFE se pregunta qué valor podría aportar la notificación "en el mar" al regulador, y qué tipo de hardware se propone para que los operadores de las SSF puedan registrar sus datos de captura.
El Reglamento se refiere a todos los buques de pequeña escala. Este sector cuenta con casi 62.000 embarcaciones en toda Europa, desde las islas griegas más pequeñas hasta los archipiélagos más septentrionales y, a pesar de los retos señalados anteriormente, ¿de dónde va a salir la infraestructura, y quién va a pagarla, para manejar el enorme volumen de datos relativos a los movimientos individuales de los buques, la pérdida de artes, la notificación de las capturas y las subsiguientes declaraciones de desembarques?
¿Y qué pasa si se rompe? La experiencia demuestra que la tecnología basada en los buques es menos fiable que sus homólogos terrestres. En caso de fallo técnico, ¿en qué situación queda el pescador? ¿Se le permitirá salir del puerto o de la cala y, con respecto a las regiones ultraperiféricas, cuáles son los aspectos prácticos para conseguir que el equipo sea reparado en poco tiempo?
No hace falta un mazo para romper una nuez. Por lo tanto, LIFE insta a que, basándose en la considerable experiencia de las SSF hasta la fecha con las tecnologías móviles, se reflexione más sobre la adaptación de las medidas de información a las realidades de las operaciones de las SSF. En los últimos años, las tecnologías móviles han evolucionado a pasos agigantados, al igual que el ingenio de las SSF para utilizar y aplicar las APP y los SMS a sus necesidades, ya sea para la seguridad en el mar, el acceso a los datos basados en la web, la gestión de sus negocios o la comunicación con los mercados.
Las tecnologías móviles, los EMS, las APP y los SMS vinculados a los sistemas basados en la web ofrecen una plétora de oportunidades para mejorar los informes, garantizando el cumplimiento de los requisitos reglamentarios, así como para satisfacer las necesidades de las operaciones pesqueras de información en tiempo real, el envío de llamadas de socorro, la información a los mercados y el registro de datos para uso privado.
Sin embargo, a la hora de aplicar un Reglamento de control de la pesca modificado, es necesario fijar algunos objetivos y plazos realistas, junto con la adopción de un enfoque flexible de abajo arriba, para garantizar que toda la gama de operaciones realizadas por las SSF sea capaz de cumplir los objetivos de una buena gestión de la pesca, proporcionando los datos necesarios, en el momento oportuno y en el formato requerido. A este respecto, por muy eficaces y fáciles de utilizar que sean las nuevas tecnologías móviles, si no existe una interfaz de programación de aplicaciones (API) eficaz entre la tecnología móvil y el servidor que registra los datos de las capturas, junto con la infraestructura necesaria para gestionar realmente los flujos de datos, el Reglamento será más un obstáculo que una hoja de ruta para una gestión eficaz y eficiente de la pesca en Europa.
Por último, pero no por ello menos importante, se van a endurecer los procedimientos en caso de infracción, con la fijación de niveles mínimos estandarizados de multas. Paralelamente, se va a implantar un nuevo sistema de puntos, destinado a garantizar una disuasión eficaz contra los comportamientos más perjudiciales, que pueden dar lugar a la suspensión o retirada de las licencias de pesca o del derecho a dirigir un buque.
Lo que constituye una infracción grave dependerá de la gravedad de la infracción en cuestión y será determinado por la autoridad competente del Estado miembro en cuestión. Se enumeran 17 actividades que constituirán infracciones graves. Se deja a las autoridades de los Estados miembros decidir si otras 9 actividades, en función de su gravedad, deben ser tratadas como infracciones graves, entre ellas "incumplimiento de la obligación de registrar y comunicar con precisión los datos relativos a las actividades pesqueras, incluidos los datos que deben transmitirse mediante el sistema de seguimiento de buques y las notificaciones previas".
A LIFE le preocupa que, debido a las dificultades que tienen los buques pequeños para cumplir con los nuevos requisitos de información, las operaciones de los buques más pequeños puedan ser injustamente criminalizadas. Nos gustaría ver más zanahorias en forma de subvenciones y cursos de formación y menos palos en forma de sanciones y procedimientos penales para que las operaciones de pesca a pequeña escala entren en el redil regulador de la PPC.
Bruselas, 19 de junio de 2018
Brian O'Riordan
A LIFE le gustaría ver un enfoque más ascendente en la aplicación del nuevo Reglamento de Control, con más zanahoria y menos palo en la tarea de incorporar las operaciones de pesca a pequeña escala al redil reglamentario. Acertadamente, las ambiciones de la propuesta apuntan alto. Sin embargo, se hace recaer en el sector la responsabilidad de su cumplimiento, sin proporcionar las medidas de apoyo y las orientaciones necesarias para facilitar la transición.
La pesca a pequeña escala, que es la savia de la flota olvidada de Europa, ha sido durante mucho tiempo una excepción en la Política Pesquera Común (PPC) europea. Las actividades de pesca a pequeña escala (buques de menos de 12 metros que utilizan artes de arrastre), que representan 74% de la flota pesquera activa en 2015, no están actualmente obligadas a notificar sus capturas ni a indicar sus posiciones en el mar. Esto va a cambiar, y de forma drástica, con la reforma del Reglamento de control.
La DG Mare ha publicado recientemente una propuesta de modificación del Reglamento de Control. En su nueva forma, planteará importantes exigencias a los operadores de pequeñas embarcaciones, con implicaciones en la forma de llevar a cabo sus operaciones. Destacan los requisitos de llevar un cuaderno de bitácora electrónico y de pesar las capturas, por especies, en el momento del desembarco. El desembarco de especies no clasificadas sólo se permitirá si se cumplen condiciones estrictas, incluido el pesaje mediante sistemas operados o controlados por las autoridades de los Estados miembros. Esto tendrá implicaciones para muchos programas de venta directa, en los que el pescado se vende desde pequeñas embarcaciones mientras está en el mar, y las capturas se envían a los compradores en el momento del desembarco. Los pequeños operadores también deben tener en cuenta las nuevas y estrictas disposiciones sobre infracciones y sanciones, incluido un nuevo sistema de penalización por puntos.
Las disposiciones de la propuesta de la Comisión especifican que "todos los buques, incluidos los de menos de 12 metros de eslora, deben tener un sistema de seguimiento", y que "todos los buques pesqueros de menos de 12 m deben notificar sus capturas electrónicamente".
También cabe destacar en la propuesta la supresión de la exención de notificación en los cuadernos de pesca de las capturas inferiores a 50 kg. Según la DG Mare, esta exención "podría dejar hasta 350.000 t de pescado, lo que corresponde a 6% de las capturas actualmente declaradas por los buques pesqueros de la UE, no se sabe nada de él".
LIFE acoge con satisfacción el reconocimiento en la propuesta de que "la pesca artesanal desempeña un papel importante en la Unión, desde una perspectiva biológica, económica y social". LIFE también está de acuerdo en que "es importante controlar que las actividades pesqueras y los esfuerzos pesqueros de los buques menores se ajusten a las normas de la política pesquera común."
Sin embargo, LIFE insta a que los requisitos de notificación electrónica se adapten a las realidades de las operaciones de pesca a pequeña escala. Las condiciones a bordo de las embarcaciones más pequeñas, especialmente en condiciones marítimas y meteorológicas adversas, no son, en la mayoría de los casos, favorables a la realización de múltiples tareas y a la manipulación de pequeños dispositivos que requieren destreza y precisión.
La nueva propuesta destaca que "Los Estados miembros deben poder rastrear todos los buques pesqueros, incluidos los de menos de 12 metros de eslora". y que "Para los buques de 12 metros de eslora ya es posible utilizar dispositivos móviles más baratos y fáciles de usar".
En cuanto a la información, la propuesta también señala que: "Cualquier carga adicional para los pequeños operadores (pescadores a pequeña escala) se evitará con la introducción de sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles".
Hasta aquí todo bien.
Sin embargo, un importante motivo de preocupación es que un estudio encargado por la DG Mare bajo los auspicios de la EASME "examinar los enfoques desarrollados para el control electrónico de las flotas de pequeña escala (FPA) y proponer buenas prácticas en este ámbito"se ha suprimido. Los resultados de este estudio deberían haber servido de base para perfeccionar el nuevo Reglamento de control de la pesca, proporcionando un inventario de los diferentes tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponiblesy aplicó soluciones tecnológicas a medida a los problemas de información experimentados en el SSF. A falta de una explicación oficial, sólo cabe especular sobre los motivos por los que se ha abandonado este estudio, y sobre si tiene o no que ver con la excesiva premura con la que se está imponiendo este nuevo reglamento.
La propuesta está condenada a fracasar en este aspecto a menos que adopte un enfoque más ascendente en relación con los cuadernos de bitácora electrónicos para las FAS, que incluya pruebas en el mar, cursos de formación y apoyo financiero a los operadores de FAS para que instalen, mantengan y utilicen los equipos adecuados.
También cabe señalar que, aunque las intenciones de la Comisión sean bienintencionadas, la realidad es que, en el momento de redactar este informe, estamos muy lejos de poder acceder al mencionado "sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles". También es evidente que, en la actualidad, no parece haber un sistema basado en los buques en el mar que sea capaz de "hablar" con los servidores administrativos en tierra.
El enfoque descendente se pone de manifiesto en el artículo 15.2, que establece que: Capitanes de buques de pesca de la Unión de menos de 12 metros de eslora total presentará por medios electrónicos la información a que se refiere el artículo 14, a la autoridad competente del Estado miembro de su pabellón una vez concluida la última operación de pesca y antes de entrar en el puerto.
Las SSF también tendrán que cumplir el requisito de que todas las categorías de buques incluyan en el cuaderno de bitácora información sobre los artes perdidos, incluido el tipo de arte perdido; la fecha y la hora en que se perdió el arte; la posición en la que se perdió el arte; y las medidas adoptadas para recuperar el arte. Los buques de menos de 12 metros también tendrán que llevar a bordo el equipo necesario para recuperar los artes perdidos.
En el caso de las embarcaciones más grandes del sector de menos de 12 metros, con cubierta, con suministro eléctrico y con un puente de mando bien protegido y alejado de las zonas de manipulación de los aparejos, esto puede ser relativamente fácil de cumplir. Sin embargo, lo más habitual es que las embarcaciones de pequeña escala en Europa tengan entre 5 y 7 metros de eslora y pesen alrededor de 3GT. Estas embarcaciones pueden carecer de cubierta, es poco probable que dispongan de suministro eléctrico y tienen poco que ofrecer como espacio protegido alejado de la zona de manipulación de artes. Manejar un dispositivo móvil, aunque sea asequible o esté ampliamente disponible, en una plataforma móvil en esas condiciones con una mano enguantada, húmeda y resbaladiza, y con la otra mano en la caña del timón, supondrá, como mínimo, un reto.
Estas operaciones se realizan con mayor facilidad y eficacia una vez en tierra, y probablemente con mayor efecto en el punto y/o momento de la venta. Es claramente impracticable que todas las embarcaciones lleven básculas de pesaje, incluso si su funcionamiento fuera posible en un barco pequeño, por lo que este requisito se basa en una estimación del peso de las distintas especies a bordo antes del desembarco. Por lo tanto, LIFE se pregunta qué valor podría aportar la notificación "en el mar" al regulador, y qué tipo de hardware se propone para que los operadores de las SSF puedan registrar sus datos de captura.
El Reglamento se refiere a todos los buques de pequeña escala. Este sector cuenta con casi 62.000 embarcaciones en toda Europa, desde las islas griegas más pequeñas hasta los archipiélagos más septentrionales y, a pesar de los retos señalados anteriormente, ¿de dónde va a salir la infraestructura, y quién va a pagarla, para manejar el enorme volumen de datos relativos a los movimientos individuales de los buques, la pérdida de artes, la notificación de las capturas y las subsiguientes declaraciones de desembarques?
¿Y qué pasa si se rompe? La experiencia demuestra que la tecnología basada en los buques es menos fiable que sus homólogos terrestres. En caso de fallo técnico, ¿en qué situación queda el pescador? ¿Se le permitirá salir del puerto o de la cala y, con respecto a las regiones ultraperiféricas, cuáles son los aspectos prácticos para conseguir que el equipo sea reparado en poco tiempo?
No hace falta un mazo para romper una nuez. Por lo tanto, LIFE insta a que, basándose en la considerable experiencia de las SSF hasta la fecha con las tecnologías móviles, se reflexione más sobre la adaptación de las medidas de información a las realidades de las operaciones de las SSF. En los últimos años, las tecnologías móviles han evolucionado a pasos agigantados, al igual que el ingenio de las SSF para utilizar y aplicar las APP y los SMS a sus necesidades, ya sea para la seguridad en el mar, el acceso a los datos basados en la web, la gestión de sus negocios o la comunicación con los mercados.
Las tecnologías móviles, los EMS, las APP y los SMS vinculados a los sistemas basados en la web ofrecen una plétora de oportunidades para mejorar los informes, garantizando el cumplimiento de los requisitos reglamentarios, así como para satisfacer las necesidades de las operaciones pesqueras de información en tiempo real, el envío de llamadas de socorro, la información a los mercados y el registro de datos para uso privado.
Sin embargo, a la hora de aplicar un Reglamento de control de la pesca modificado, es necesario fijar algunos objetivos y plazos realistas, junto con la adopción de un enfoque flexible de abajo arriba, para garantizar que toda la gama de operaciones realizadas por las SSF sea capaz de cumplir los objetivos de una buena gestión de la pesca, proporcionando los datos necesarios, en el momento oportuno y en el formato requerido. A este respecto, por muy eficaces y fáciles de utilizar que sean las nuevas tecnologías móviles, si no existe una interfaz de programación de aplicaciones (API) eficaz entre la tecnología móvil y el servidor que registra los datos de las capturas, junto con la infraestructura necesaria para gestionar realmente los flujos de datos, el Reglamento será más un obstáculo que una hoja de ruta para una gestión eficaz y eficiente de la pesca en Europa.
Por último, pero no por ello menos importante, se van a endurecer los procedimientos en caso de infracción, con la fijación de niveles mínimos estandarizados de multas. Paralelamente, se va a implantar un nuevo sistema de puntos, destinado a garantizar una disuasión eficaz contra los comportamientos más perjudiciales, que pueden dar lugar a la suspensión o retirada de las licencias de pesca o del derecho a dirigir un buque.
Lo que constituye una infracción grave dependerá de la gravedad de la infracción en cuestión y será determinado por la autoridad competente del Estado miembro en cuestión. Se enumeran 17 actividades que constituirán infracciones graves. Se deja a las autoridades de los Estados miembros decidir si otras 9 actividades, en función de su gravedad, deben ser tratadas como infracciones graves, entre ellas "incumplimiento de la obligación de registrar y comunicar con precisión los datos relativos a las actividades pesqueras, incluidos los datos que deben transmitirse mediante el sistema de seguimiento de buques y las notificaciones previas".
A LIFE le preocupa que, debido a las dificultades que tienen los buques pequeños para cumplir con los nuevos requisitos de información, las operaciones de los buques más pequeños puedan ser injustamente criminalizadas. Nos gustaría ver más zanahorias en forma de subvenciones y cursos de formación y menos palos en forma de sanciones y procedimientos penales para que las operaciones de pesca a pequeña escala entren en el redil regulador de la PPC.
Bruselas, 19 de junio de 2018
Brian O'Riordan
A LIFE le gustaría ver un enfoque más ascendente en la aplicación del nuevo Reglamento de Control, con más zanahoria y menos palo en la tarea de incorporar las operaciones de pesca a pequeña escala al redil reglamentario. Acertadamente, las ambiciones de la propuesta apuntan alto. Sin embargo, se hace recaer en el sector la responsabilidad de su cumplimiento, sin proporcionar las medidas de apoyo y las orientaciones necesarias para facilitar la transición.
La pesca a pequeña escala, que es la savia de la flota olvidada de Europa, ha sido durante mucho tiempo una excepción en la Política Pesquera Común (PPC) europea. Las actividades de pesca a pequeña escala (buques de menos de 12 metros que utilizan artes de arrastre), que representan 74% de la flota pesquera activa en 2015, no están actualmente obligadas a notificar sus capturas ni a indicar sus posiciones en el mar. Esto va a cambiar, y de forma drástica, con la reforma del Reglamento de control.
La DG Mare ha publicado recientemente una propuesta de modificación del Reglamento de Control. En su nueva forma, planteará importantes exigencias a los operadores de pequeñas embarcaciones, con implicaciones en la forma de llevar a cabo sus operaciones. Destacan los requisitos de llevar un cuaderno de bitácora electrónico y de pesar las capturas, por especies, en el momento del desembarco. El desembarco de especies no clasificadas sólo se permitirá si se cumplen condiciones estrictas, incluido el pesaje mediante sistemas operados o controlados por las autoridades de los Estados miembros. Esto tendrá implicaciones para muchos programas de venta directa, en los que el pescado se vende desde pequeñas embarcaciones mientras está en el mar, y las capturas se envían a los compradores en el momento del desembarco. Los pequeños operadores también deben tener en cuenta las nuevas y estrictas disposiciones sobre infracciones y sanciones, incluido un nuevo sistema de penalización por puntos.
Las disposiciones de la propuesta de la Comisión especifican que "todos los buques, incluidos los de menos de 12 metros de eslora, deben tener un sistema de seguimiento", y que "todos los buques pesqueros de menos de 12 m deben notificar sus capturas electrónicamente".
También cabe destacar en la propuesta la supresión de la exención de notificación en los cuadernos de pesca de las capturas inferiores a 50 kg. Según la DG Mare, esta exención "podría dejar hasta 350.000 t de pescado, lo que corresponde a 6% de las capturas actualmente declaradas por los buques pesqueros de la UE, no se sabe nada de él".
LIFE acoge con satisfacción el reconocimiento en la propuesta de que "la pesca artesanal desempeña un papel importante en la Unión, desde una perspectiva biológica, económica y social". LIFE también está de acuerdo en que "es importante controlar que las actividades pesqueras y los esfuerzos pesqueros de los buques menores se ajusten a las normas de la política pesquera común."
Sin embargo, LIFE insta a que los requisitos de notificación electrónica se adapten a las realidades de las operaciones de pesca a pequeña escala. Las condiciones a bordo de las embarcaciones más pequeñas, especialmente en condiciones marítimas y meteorológicas adversas, no son, en la mayoría de los casos, favorables a la realización de múltiples tareas y a la manipulación de pequeños dispositivos que requieren destreza y precisión.
La nueva propuesta destaca que "Los Estados miembros deben poder rastrear todos los buques pesqueros, incluidos los de menos de 12 metros de eslora". y que "Para los buques de 12 metros de eslora ya es posible utilizar dispositivos móviles más baratos y fáciles de usar".
En cuanto a la información, la propuesta también señala que: "Cualquier carga adicional para los pequeños operadores (pescadores a pequeña escala) se evitará con la introducción de sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles".
Hasta aquí todo bien.
Sin embargo, un importante motivo de preocupación es que un estudio encargado por la DG Mare bajo los auspicios de la EASME "examinar los enfoques desarrollados para el control electrónico de las flotas de pequeña escala (FPA) y proponer buenas prácticas en este ámbito"se ha suprimido. Los resultados de este estudio deberían haber servido de base para perfeccionar el nuevo Reglamento de control de la pesca, proporcionando un inventario de los diferentes tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponiblesy aplicó soluciones tecnológicas a medida a los problemas de información experimentados en el SSF. A falta de una explicación oficial, sólo cabe especular sobre los motivos por los que se ha abandonado este estudio, y sobre si tiene o no que ver con la excesiva premura con la que se está imponiendo este nuevo reglamento.
La propuesta está condenada a fracasar en este aspecto a menos que adopte un enfoque más ascendente en relación con los cuadernos de bitácora electrónicos para las FAS, que incluya pruebas en el mar, cursos de formación y apoyo financiero a los operadores de FAS para que instalen, mantengan y utilicen los equipos adecuados.
También cabe señalar que, aunque las intenciones de la Comisión sean bienintencionadas, la realidad es que, en el momento de redactar este informe, estamos muy lejos de poder acceder al mencionado "sistemas de notificación de datos pesqueros fáciles y rentables, aprovechando las tecnologías de telefonía móvil asequibles y ampliamente disponibles". También es evidente que, en la actualidad, no parece haber un sistema basado en los buques en el mar que sea capaz de "hablar" con los servidores administrativos en tierra.
El enfoque descendente se pone de manifiesto en el artículo 15.2, que establece que: Capitanes de buques de pesca de la Unión de menos de 12 metros de eslora total presentará por medios electrónicos la información a que se refiere el artículo 14, a la autoridad competente del Estado miembro de su pabellón una vez concluida la última operación de pesca y antes de entrar en el puerto.
Las SSF también tendrán que cumplir el requisito de que todas las categorías de buques incluyan en el cuaderno de bitácora información sobre los artes perdidos, incluido el tipo de arte perdido; la fecha y la hora en que se perdió el arte; la posición en la que se perdió el arte; y las medidas adoptadas para recuperar el arte. Los buques de menos de 12 metros también tendrán que llevar a bordo el equipo necesario para recuperar los artes perdidos.
En el caso de las embarcaciones más grandes del sector de menos de 12 metros, con cubierta, con suministro eléctrico y con un puente de mando bien protegido y alejado de las zonas de manipulación de los aparejos, esto puede ser relativamente fácil de cumplir. Sin embargo, lo más habitual es que las embarcaciones de pequeña escala en Europa tengan entre 5 y 7 metros de eslora y pesen alrededor de 3GT. Estas embarcaciones pueden carecer de cubierta, es poco probable que dispongan de suministro eléctrico y tienen poco que ofrecer como espacio protegido alejado de la zona de manipulación de artes. Manejar un dispositivo móvil, aunque sea asequible o esté ampliamente disponible, en una plataforma móvil en esas condiciones con una mano enguantada, húmeda y resbaladiza, y con la otra mano en la caña del timón, supondrá, como mínimo, un reto.
Estas operaciones se realizan con mayor facilidad y eficacia una vez en tierra, y probablemente con mayor efecto en el punto y/o momento de la venta. Es claramente impracticable que todas las embarcaciones lleven básculas de pesaje, incluso si su funcionamiento fuera posible en un barco pequeño, por lo que este requisito se basa en una estimación del peso de las distintas especies a bordo antes del desembarco. Por lo tanto, LIFE se pregunta qué valor podría aportar la notificación "en el mar" al regulador, y qué tipo de hardware se propone para que los operadores de las SSF puedan registrar sus datos de captura.
El Reglamento se refiere a todos los buques de pequeña escala. Este sector cuenta con casi 62.000 embarcaciones en toda Europa, desde las islas griegas más pequeñas hasta los archipiélagos más septentrionales y, a pesar de los retos señalados anteriormente, ¿de dónde va a salir la infraestructura, y quién va a pagarla, para manejar el enorme volumen de datos relativos a los movimientos individuales de los buques, la pérdida de artes, la notificación de las capturas y las subsiguientes declaraciones de desembarques?
¿Y qué pasa si se rompe? La experiencia demuestra que la tecnología basada en los buques es menos fiable que sus homólogos terrestres. En caso de fallo técnico, ¿en qué situación queda el pescador? ¿Se le permitirá salir del puerto o de la cala y, con respecto a las regiones ultraperiféricas, cuáles son los aspectos prácticos para conseguir que el equipo sea reparado en poco tiempo?
No hace falta un mazo para romper una nuez. Por lo tanto, LIFE insta a que, basándose en la considerable experiencia de las SSF hasta la fecha con las tecnologías móviles, se reflexione más sobre la adaptación de las medidas de información a las realidades de las operaciones de las SSF. En los últimos años, las tecnologías móviles han evolucionado a pasos agigantados, al igual que el ingenio de las SSF para utilizar y aplicar las APP y los SMS a sus necesidades, ya sea para la seguridad en el mar, el acceso a los datos basados en la web, la gestión de sus negocios o la comunicación con los mercados.
Las tecnologías móviles, los EMS, las APP y los SMS vinculados a los sistemas basados en la web ofrecen una plétora de oportunidades para mejorar los informes, garantizando el cumplimiento de los requisitos reglamentarios, así como para satisfacer las necesidades de las operaciones pesqueras de información en tiempo real, el envío de llamadas de socorro, la información a los mercados y el registro de datos para uso privado.
Sin embargo, a la hora de aplicar un Reglamento de control de la pesca modificado, es necesario fijar algunos objetivos y plazos realistas, junto con la adopción de un enfoque flexible de abajo arriba, para garantizar que toda la gama de operaciones realizadas por las SSF sea capaz de cumplir los objetivos de una buena gestión de la pesca, proporcionando los datos necesarios, en el momento oportuno y en el formato requerido. A este respecto, por muy eficaces y fáciles de utilizar que sean las nuevas tecnologías móviles, si no existe una interfaz de programación de aplicaciones (API) eficaz entre la tecnología móvil y el servidor que registra los datos de las capturas, junto con la infraestructura necesaria para gestionar realmente los flujos de datos, el Reglamento será más un obstáculo que una hoja de ruta para una gestión eficaz y eficiente de la pesca en Europa.
Por último, pero no por ello menos importante, se van a endurecer los procedimientos en caso de infracción, con la fijación de niveles mínimos estandarizados de multas. Paralelamente, se va a implantar un nuevo sistema de puntos, destinado a garantizar una disuasión eficaz contra los comportamientos más perjudiciales, que pueden dar lugar a la suspensión o retirada de las licencias de pesca o del derecho a dirigir un buque.
Lo que constituye una infracción grave dependerá de la gravedad de la infracción en cuestión y será determinado por la autoridad competente del Estado miembro en cuestión. Se enumeran 17 actividades que constituirán infracciones graves. Se deja a las autoridades de los Estados miembros decidir si otras 9 actividades, en función de su gravedad, deben ser tratadas como infracciones graves, entre ellas "incumplimiento de la obligación de registrar y comunicar con precisión los datos relativos a las actividades pesqueras, incluidos los datos que deben transmitirse mediante el sistema de seguimiento de buques y las notificaciones previas".
A LIFE le preocupa que, debido a las dificultades que tienen los buques pequeños para cumplir con los nuevos requisitos de información, las operaciones de los buques más pequeños puedan ser injustamente criminalizadas. Nos gustaría ver más zanahorias en forma de subvenciones y cursos de formación y menos palos en forma de sanciones y procedimientos penales para que las operaciones de pesca a pequeña escala entren en el redil regulador de la PPC.