La ComisiĂłn Europea Reglamento de control de 22 de noviembre de 2023 tiene por objeto reforzar la gestiĂłn de la pesca mediante una notificaciĂłn más estricta de las capturas. A tal fin, el artĂculo 14, relativo a la cumplimentaciĂłn de los cuadernos diarios de pesca, fomenta la selectividad mediante la inclusiĂłn de un Margen de tolerancia que los buques notifiquen las capturas con exactitud en el plazo de 10% por especie. Anteriormente, el Margen de tolerancia-la discrepancia permitida entre las capturas declaradas y las reales- se calculĂł como un porcentaje del capturas totales. Esto significaba que mientras el peso global se aproximara a la realidad, se toleraban los errores especĂficos de cada especie.
El 24 de mayo de 2024, la ComisiĂłn adoptĂł un Acto de aplicaciĂłn, sin consultar a los Consejos Consultivos, que prevĂ© “una excepciĂłn al margen de tolerancia existente que puede concederse para los desembarques sin clasificar procedentes de pesquerĂas de pequeños pelágicos, pesquerĂas industriales y pesquerĂas de atĂşn tropical con red de cerco” en determinadas zonas designadas. Puertos listados, debilitando asĂ la norma y suscitando serias preocupaciones sobre la notificaciĂłn errĂłnea, la imparcialidad, el cumplimiento y la posibilidad de sobrepesca.
La laguna jurĂdica: Exenciones para los puertos inscritos
A pesar de la norma de selectividad más estricta establecida en el Reglamento de control, a través del Acto de aplicación buques que desembarquen en lugares especialmente designados Puertos listados recibirán una excepción, sin ninguna medida adicional para garantizar la precisión de los informes a nivel de especie. Según la DG Mare, nueve solicitudes de Puerto listado han sido presentados por los Estados miembros, pero se desconoce su ubicación.
Esta exención beneficia de forma desproporcionada a los grandes buques que desembarcan un gran volumen de capturas de escaso valor, especialmente los del sector de la harina de pescado, permitiéndoles eludir unos requisitos de notificación más estrictos. Este sistema injusto coloca a otros segmentos de la flota en una situación de desventaja competitiva y plantea serias dudas sobre la transparencia y la sostenibilidad, lo que pone de relieve la necesidad de que haya igualdad de condiciones en el sector.
ÂżSe repite el fracaso de la obligaciĂłn de aterrizaje?
La situaciĂłn guarda sorprendentes similitudes con la aplicaciĂłn fallida de la ObligaciĂłn de aterrizaje (LO), que pretendĂa eliminar el descarte de pescado no deseado en el mar. Para fomentar el cumplimiento, se aumentaron las cuotas suponiendo que se desembarcarĂa todo el pescado. Sin embargo, en realidad, el cumplimiento era escaso y muchos buques seguĂan descartando pescado, lo que provocaba un aumento artificial de las cuotas y agravaba el agotamiento de las poblaciones de peces.
Una dinámica similar está en juego con el nuevo Margen de tolerancia norma. Aunque la ComisiĂłn asume que Puertos listados de control -posiblemente mediante cámaras de vĂdeovigilancia y otras medidas-, hay pocos indicios de que se vaya a aplicar eficazmente. Por el contrario, la exenciĂłn permitirá que sigan produciĂ©ndose irregularidades sin control.
Un llamamiento a la transparencia y la rendiciĂłn de cuentas
La falta de transparencia en torno a la Puertos listados La exención suscita grandes inquietudes. ¿Por qué se concede este estatus a determinados puertos? ¿Qué mecanismos de control existen para garantizar su cumplimiento? Ya existen diferencias considerables en los planes de muestreo de los Estados miembros y, sin salvaguardias adicionales, esta exención amenaza con socavar la finalidad misma del nuevo Reglamento, permitiendo que las operaciones a escala industrial exploten el sistema mientras que otros pescadores quedan sometidos a normas más estrictas.
Si la ComisiĂłn se toma en serio la mejora del control de la pesca, debe resolver estas incoherencias. Es decir:
- PublicaciĂłn de la lista de Puertos listados y los criterios utilizados para seleccionarlos.
- Garantizar la existencia de salvaguardias adicionales para evitar la notificaciĂłn errĂłnea de especies.
- Aplicar mecanismos que fomenten la selectividad en lugar de favorecer las declaraciones errĂłneas.Â
Sin estas medidas, el nuevo Margen de tolerancia corre el riesgo de ser otra norma bien intencionada pero mal ejecutada que, en Ăşltima instancia, no protege las poblaciones de peces ni garantiza la igualdad de condiciones para todos los pescadores.
ConclusiĂłn
La ComisiĂłn Europea ha dado un paso adelante con unas normas más estrictas de notificaciĂłn de capturas, pero dos pasos atrás al crear una excepciĂłn que debilita su eficacia. Es difĂcil de entender que se apruebe precipitadamente una exenciĂłn dirigida a los buques con capturas mixtas enormes y sin clasificar tan sĂłlo unos meses despuĂ©s de la entrada en vigor del Reglamento de control, sobre todo en un contexto en el que avances en eDNA significa que podemos detallar con precisiĂłn la composiciĂłn por especies de estos buques por una fracciĂłn del coste de otros mĂ©todos de control. Sin embargo, la ComisiĂłn ha optado por dar un trato preferente a estos buques, a pesar de que en gran medida suministran y exportan harina de pescado al mercado extracomunitario.Â
A menos que se tomen medidas inmediatas para subsanar esta laguna, la normativa podrĂa repetir errores pasados al socavar la notificaciĂłn precisa de las capturas, lo que conducirĂa a una mayor mala gestiĂłn de las poblaciones de peces y a ventajas injustas para los pescadores industriales a gran escala. Abogamos por una mayor transparencia y aplicaciĂłn de la normativa para evitar que se repitan errores histĂłricos.Â
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